Aspectos
Legales de la Empresa
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CONSTITUCIÓN LEGAL.
Cómo se señaló, es posible constituirse como
persona física (propiedad individual) o como persona moral
(propiedad colectiva). En el primer caso, se pueden realizar directamente
los trámites respectivos ante la dependencia gubernamental
correspondiente, y en el segundo, se debe recurrir a los servicios
de un notario público para que formule la escritura constitutiva
de la sociedad y lleve a cabo las gestiones necesarias para su registro.
Constitución como persona Física. ( Propiedad Individual).
De los ordenamientos legales del país se puede inferir que
cualquier persona física que legalmente pueda obligarse a
contraer responsabilidades y tener derechos, puede libremente establecerse
como empresario, es decir, crear su propio negocio.
La figura legal de persona física corresponde a aquella
en que una persona física responde de manera personal y directa
por los derechos y obligaciones a que dé lugar un acto jurídico
y mercantil.
Ventajas
de la propiedad individual:
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Es la forma de constitución más
sencilla de establecer. |
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Todas las utilidades netas serán para el dueño
y no tendrá por tanto que compartirlas con otras personas.
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El dueño tiene autoridad total sobre el negocio. |
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